3er Comunicado de Bosque Alegre- Asociación Ribera Norte

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3º Comunicado ¿QUÉ HACER AHORA?
San Isidro, 30 de septiembre de 2011
Sugerimos a todos los interesados en Bosque Alegre…
Escuchar todas las versiones, acudir a las fuentes (visitar Bosque Alegre, consultar
bibliografía, consultar legislación, hablar con los vecinos más antiguos) y reclamar por
nuestros derechos.
- Cerciorarnos que se hayan cumplido nuestros derechos.
- Que se proteja lo que quedó de Bosque Alegre y los espacios naturales ribereños
que aún estén en pie.
- Que se realicen obras de mitigación ambiental.
Para que tengas en cuenta…
Tenemos derecho a un ambiente sano y el deber de preservarlo.
- Constitución Nacional de la República Argentina, Ley 24.430, Art. 41.
- Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 1994, Art. 28.
¿Se llevó a cabo la Evaluación de Impacto Ambiental pertinente? ¿Fue aprobada
dicha EIA? Las EIA son documentos públicos, ¿dónde podemos consultarla?
- Ley General del Ambiente 25.675, Arts. 11, 12, 13 y 21.
¿Hubo una Audiencia Pública? ¿Se promovió la participación social en esta
decisión? ¿Pudimos ejercer nuestro derecho a ser consultados y opinar?
- Ley General del Ambiente, Art. 9, 10, 19, 20 y 21.
Este tipo de hechos, ¿pone a resguardo a las necesidades ambientales de las
generaciones futuras?
- Constitución Nacional, art. 41 y Constitución Provincial art. 28.
- Ley General del Ambiente, Art 4º, Principio de Equidad Intergeneracional.
¿Se previeron las condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los
sistemas ecológicos, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo
sustentable?
- Ley General del Ambiente, Art 6º Presupuesto mínimo.
¿Se tuvieron en cuenta los principios de ordenamiento ambiental?
- Ley General del Ambiente, Art. 9, 10 y 21.
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¿Sabés que tenemos derecho a participar en las Evaluaciones de Impacto
Ambiental, los programas de Ordenamiento Ambiental y en la Planificación y
Evaluación de Resultados?
- Ley General del Ambiente, Art. 21.
Si la planificación existió, ¿por qué se realizó el desmonte en plena época de
nidificación de la mayoría de las aves de la región? Cualquier actividad de poda o
tala en estos meses implica abandono o pérdida de nidadas.
Sugerimos también la lectura de los Artículos 1, 2 de la Ley General del Ambiente.
Toda esta legislación se puede consultar en sitios web de acceso público y gratuito
como www.infoleg.gov.ar, www.abc.gov.ar, www.opds.gba.gov.ar,
www.ambiente.gov.ar, etc.
Quien quiera profundizar sobre los ambientes costeros, especies nativas, y temáticas
afines, contactarse a arn@arn.org.ar
Agradecemos a la inmensa cantidad de personas que se contactaron con nosotros
para estar al tanto, recabar información, consultar qué hacer.
Pedimos disculpas por las demoras en las respuestas. La ARN está conformada por
voluntarios y es por esto que podemos tener tiempos algo lentos.
Comisión Directiva
Asociación Ribera Norte

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